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Inter Insigniores, Pablo IV, Acta Apostolici Sedis 69 (1977) 98-116

§ 19. Otra objeción viene del carácter caduco que se cree descubrir hoy en algunas de las prescripciones de San Pablo referentes a las mujeres, y de las dificultades que suscitan a este respecto ciertos aspectos de su doctrina. Pero hay que notar que esas prescripciones, probablemente inspiradas en las costumbres del tiempo, no se refieren sino a prácticas de orden disciplinar de poca importancia, como, por ejemplo, a la obligación por parte de la mujer de llevar un velo en la cabeza[26]; tales exigencias ya no tienen valor normativo. No obstante, la prohibición impuesta por el Apóstol a las mujeres de «hablar» en la asamblea[27]es de otro tipo. Los exegetas, sin embargo, precisan así el sentido de la prohibición: Pablo no se opone absolutamente al derecho, que reconoce, por lo demás, a las mujeres, de profetizar en la asamblea[28]: la prohibición se refiere únicamente a la función oficial de enseñar en la asamblea. Para San Pablo esta prohibición está ligada al plan divino de la creación[29]; dificilmente podría verse ahí la expresión de un dato cultural. No hay que olvidar, por lo demás, que debemos a San Pablo uno de los textos más vigorosos del Nuevo Testamento acerca de la igualdad fundamental entre el hombre y la mujer como hijos de Dios en Cristo[30]. No hay, pues, motivo para acusarle de prejuicios hostiles para con las mujeres, cuando se constata la confianza que les testimonia y. la colaboración que les pide en su apostolado.
¿Leer Inter
Insigniores?
¿Argumentos
extraídos de las Escrituras?
[26] Cf. 1 Cor 11,2-16.
[27] Cf. I Cor 14,34-35; 1 Tim 2,12.
[28] Cf. 1 Cor 11,5
[29] Cf, 1 Cor 11,17: Gén 2,18-24.
[30] Cf Gál 3,28.

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