Las mujeres eran
consideradas ritualmente impuras
A través de la historia,
especialmente en el occidente, las mujeres fueron consideradas ritualmente
impuras. De acuerdo a la tradición
judía, el flujo de sangre menstrual de una mujer la colocaba,
regularmente, en estado de profanación ritual. Tabúes
similares contra la menstruación existían en los círculos
paganos griegos y romanos. A través de su
manía anti-sexual, los Padres de la Iglesia
agravaron los temores hacia la impureza ritual de las mujeres. Los
líderes de la Iglesia temían que tal impureza pudiera
profanar lo más sagrado del templo, el santuario
y principalmente, el altar. En un clima donde a pasos agigantados, se
vieron todos los aspectos del sexo y la procreación como manchados por
el pecado, los teólogos consideraron que a una
criatura impura como la mujer no podría encomendársele el cuidado
de las realidades sagradas de Dios. Prohibiciones basadas en la presunta
impureza ritual de las mujeres permanecieron en la ley oficial de la Iglesia por los últimos 700
años.
Conociendo este trasfondo, no debe sorprendernos
que encontremos que la gran mayoría de los Padres, canónicos,
teólogos y líderes de la Iglesia opinaban que a una persona
ritualmente impura no podría encomendársele el
ministerio de la Eucaristía. Está claro que este prejuicio
social y cultural invalidó su juicio acerca de la aplicabilidad de las
mujeres a la ordenación.
Un texto clave del Viejo Testamento sobre la
profanación por los períodos menstruales aparece en
Levítico 15:19-30, que contiene las siguientes fórmulas:
- La mujer que padece un derrame, tratándose de su
sangre, permanecerá en su impureza por espacio de siete
días.
- Quien la toque será impuro hasta la tarde.
- Todo aquello en que se acueste (la mujer) durante su
impureza quedará impuro, lo mismo que todo aquello sobre lo que siente.
Quien toque su cama lavará sus vestidos y permanecerá impuro
hasta la tarde. Quien toque un mueble cualquiera sobre el que ella se haya
sentado, lavará sus vestidos, se bañará y quedará
impuro hasta la tarde. Quien toque algo que esté puesto sobre el techo o
sobre el mueble donde ella se sienta quedará impuro hasta la
tarde.
- El que se acueste con ella, a pesar de su impureza, se
contamin con ella y queda impuro siete días; toda cama en que él
se acueste será impura.
- Cuando una mujer tenga derrame de sangre durante muchos
días, fuera del tiempo de sus reglas, o cuando éstas se
prolonguen, quedará impura mientras dure el derrame de su impureza como
en los días del derrame menstrual.
- Una vez que sane de su derrame, contará siete
días quedando después pura. Al octavo día tomará
para sí dos tórtolas o dos pichones y los presentará al
sacerdote a la entrada de la Tienda de las Citas. Éste los
ofrecerá, uno como sacrificio por el pecado y el otro como holocausto y
hará el rito de absolución por ella ante Yavé, por el
derrame que la hacía impura.
- Ustedes pedirán a los hijos de Israel que se
aparten mientras son impuros, para que no mueran a causa de sus impurezas, por
haber contaminado mi Morada que está en medio de ellos.
Estas leyes se hicieron más onerosas y complicadas en la
tradición rabínica que
siguió. Las consecuencias para las mujeres fueron:
- Cada mes, habían siete o más días durante
los cuales ella estaba ritualmente impura.
- Ellas necesitaban purificación luego de dar a luz;
cuando nace un varón la madre estaba impura por 40 días, cuando
es niña, son 80 días (Levítico 12:1-8).
El tabú contra la mujer durante su embarazo
y menstruación fue común entre muchas naciones en los siglos
pre-cristianos. No tan sólo las mujeres eran consideradas
impuras durante esos períodos, sino en peligro de contagiar
su impureza a otros.
El contacto con el flujo mensual de la mujer amarga el
vino nuevo, hace que las cosechas se marchiten, mata los injertos, seca
semillas en los jardines, causa que las frutas se caigan de los árboles,
opaca la superficie de los espejos, embota el filo del acero y el destello del
marfil, mata abejas, enmohece el hierro y el bronce, y causa un terrible mal
olor en el ambiente. Los perros que prueban la sangre se vuelven locos, y su
mordedura se vuelve venenosa como las de la rabia. El Mar Muerto, espeso por la
sal, no puede separarse excepto por un hilo empapado en el venenoso fluido de
la sangre menstrual. Un hilo de un vestido infectado es suficiente. El lino,
cuando lo toca la mujer mientras lo hierve y lava en agua, se vuelve negro. Tan
mágico es el poder de las mujeres durante sus períodos
menstruales, que se dice que lluvias de granizo y remolinos son auyentados si
el fluido menstrual es expuesto al golpe de un rayo. Plinio el Viejo,
Historia Natural, libro 28, cáp. 23, 78-80; libro 7, cáp.
65.
Durante los primeros cinco siglos de la era
cristiana, la parte de la Iglesia de habla griega y siriaca protegió a
la mujer de los peores efectos del tabú de la menstruación. El
Didascalia del 3er siglo explica que
las mujeres no son impuras durante sus períodos, que no necesitan
purificaciones rituales y que sus maridos no deben abandonarlas. Las
Constituciones Apostólicas
repitieron este mensaje tranquilizador. En el año 601 DC, el Papa
Gregorio I endosó este enfoque. Las mujeres que menstruan no debieran
estar fuera de la iglesia o lejos de la santa comunión. Pero esta
verdadera respuesta cristiana fue,
desafortunadamente, dominada por un increíble prejuicio en siglos
posteriores.
Fueron los padres latinos quienes reintrodujeron una histeria
anti-sexo en la moralidad cristiana. Empezó con Tertuliano (155-245 DC), quien declaró que
aún los matrimonios legales estaban manchados con la concuspicencia. San
Jerónimo (347-416 DC) continúo esta línea de pensamiento,
enseñando que la corrupción se manifiesta en
todo sexo y relación, aún dentro de matriomonios
legítimos. El matrimonio, con todo su sexo sucio,
sólo vino luego de la caída por el pecado original. No es ninguna
sorpresa que también Jerónimo sostuviera que los fluidos
menstruales hacían impuras a las mujeres.
San Agustín (354-430 DC) no fue
mejor. El placer durante la relación sexual fue igualado con
la concuspicencia, entiéndase, con los remanentes del pecado. Aún
en el matrimonio, el sexo era pecado, una falta venial(1). El
placer [=concuspicencia] de la relación sexual es, de hecho,
la forma en la cual se transmite el pecado original. La semilla humana
está ahora corrompida. Es claro que para él, una mujer
menstruando no podría nunca servir en el altar como sacerdote.
Ya en 241 DC,
Dionisios, Arzobispo de
Alejandría, escribió que las mujeres que menstruan no deben
acercarse a la mesa sagrada, o tocar el Tabernáculo, ni ir a las
iglesias, sino orar en otras partes. Esta era una rara voz en la parte
oriental de la Iglesia en donde, después de todo, las
mujeres diáconos servían en todas las
diócesis.
El verdadero problema vino del occidente, de las diócesis
de habla latina del norte de África, Italia, Galia (la actual Francia) y
Gran Bretaña.
- El Concilio local de
Cártago, en el norte de África (desde el 345 DC) introdujo
reglas imponiendo la abstinencia sexual a obispos, sacerdotes y
diáconos.
- Los Concilios locales en Francia,
Orange (441 DC) y
Epaon (517 DC) decretaron que no se
ordenarían mujeres diáconos en esas regiones. La razón
obvia fue el temor de que las mujeres que menstruaban profanaran el altar.
- El Papa Gelasio I
(494 DC) objetó que las mujeres sirvieran en el altar.
- El Sínodo
Diocesano de Auxerre (588 DC) decretó que las mujeres debían
cubrirse las manos con una tela dominical para poder recibir la
comunión.
- El Sínodo de
Rouen (650 DC) prohibió a los sacerdotes poner el cáliz en
las manos de las mujeres o permitirles distribuir la comunión.
- El obispo Timoteo de
Alejandría (680 DC) ordenó que las parejas deben abstenerse
de relaciones sexuales los sábados y domingos y en el día previo
a recibir la comunión. Las mujeres que menstruaban no podían
recibir la comunión, no podían recibir el bautismo o visitar la
Iglesia durante la Pascua.
- El obispo Teodoro
de Canterbury (690 DC), ignorando la carta del
Papa Gregorio el Grande dada a su
predecesor, prohibió a las mujeres menstruantes visitar la Iglesia o
recibir la santa comunión. Las madres permanecían impuras por 40
días después de dar la luz.
- El obispo Teodolfo de
Orléans (820 DC) prohibió a las mujeres entrar al santuario.
También dijo que las mujeres deben recordar su enfermedad y la
inferioridad de su sexo; por tanto, deben tener miedo de tocar cualquier cosa
sagrada que está en el ministerio de la Iglesia.
Teólogos de la Edad Media continuaron con la
retórica contra la supuesta impureza ritual de la mujer.
- No se permite a las mujeres visitar una iglesia durante
su período menstrual o después del nacimiento de un niño.
Esto es porque la mujer es un animal que menstrua. Por tocar su sangre, las
frutas no madurarán. La mostaza se degenera, la hierba se seca y los
árboles pierden su fruto antes de tiempo. El hierro de enmohece y el
aire se obscurece. Cuando los perros la comen, adquieren rabia.
Paucapalea, Summa, Dist. 5, pr.
§ 1 v.
- Las mujeres no deben llevar la comunión a los enfermos y
deben permanecer fuera de la Iglesia luego de que paran. La razón:
Esa sangre es tan abominable e impura, que ya Julius Solinus había
escrito en su libro sobre las maravillas del mundo, que a través de su
contacto las frutas no maduran, las plantas se marchitan, la hierba muere, los
árboles pierden su fruto, el aire se obscurece, si los perros la comen
quedan afligidos de la rabia... Y las relaciones sexuales en este
período menstrual son muy riesgosas. No tan sólo por la impureza
de la sangre hay que abstenerse de tener contacto con una mujer menstruante;
por dicho contacto, puede nacer un feto dañado. Rufinus,
Summa Decretorum, passim.
- Las mujeres no pueden tocar los vasos sagrados. El nacimiento
de un niño conlleva una doble maldición: Hay dos
mandamientos en la Ley (Antigua), uno pertinente a la madre cuando da a luz, el
otro al parto mismo. En relación de la madre que da a luz, si dio a luz
un varón, debe evitar entrar al Templo por 40 días, como persona
impura; porque el feto, concebido en la impureza, se dice que permanece sin
forma por 40 días. Pero si ella dio a luz una niña, el tiempo se
duplica, porque la sangre menstrual que acompaña el parto se considera
impura, según estableció Solinus, que causa que las frutas se
sequen y que la hierba se marchite a su contacto. ¿Pero por qué
el tiempo es doble para una niña? Solución: porque hay una doble
maldición en el crecimiento femenino. Porque ella lleva la
maldición de Adán y también el (castigo)
parirás con dolor. O tal vez porque, como revela el
conocimiento de los médicos, las niñas permanecen en la
concepción el doble de tiempo sin forma que los varones.
Sicardo de Cremora, Mitrale V,
ch. 11.
La supuesta impureza ritual de la mujer entró
en la Ley de Iglesía, principalmente, a través del
Decretum Gratiani (1140 DC), el cual
se convirtió en ley oficial de la Iglesia en el año 1234, una
parte vital del Corpus Iuris Canonici (Código Canónico)
que tuvo vigencia hasta el 1916.
Las prohibiciones rituales contra las mujeres bajo el Corpus
Iuris Canonici (1234-1916) pueden verse en los siguientes ejemplos:
La ridícula prohibición a las mujeres de
cantar en la Iglesia fue reiterada más de una vez por la
Sagrada Congregación de la Liturgia. Niñas y mujeres no
podían ser miembros de ningún coro eclesial (decreto del 17 de
septiembre de 1897). Las mujeres no pueden ser parte del coro; ellas
pertenecen a la categoría de los laicos. Coros separados de mujeres
también están totalmente prohibidos, excepto por serias razones y
con permiso del obispo (decreto del 22 de noviembre de 1907).
Cualquier coro mixto de hombres y mujeres, aunque se ubique lejos del
santuario, está totalmente prohibido (decreto del 18 de diciembre
de 1908).
El Código
Canónico promulgado en 1917 contenía los siguientes
cánones, basados en la supuesta impureza ritual de la mujer:
¿Cambio en 1983?
El nuevo Código
Canónico (1983) ofrece muchas mejoras al estatus de la mujer en
la Iglesia. Aunque mantiene la prohibición contra la ordenación
de la mujer, y reserva el lectorado y el ministerio de acólito
sólo para hombres, el nuevo código finalmente dio revés a
la posición de la Iglesia, estableciendo que las mujeres por
diputación temporera, pueden llevar a cabo los siguientes
ministerios en la Iglesia:
- Lectoras de las Sagradas Escrituras durante la liturgia
- Servidoras del altar
- Comentadoras durante la Eucaristía
- Predicadoras de la Palabra
- Cantantes y coristas, ya sea solas o como miembros de un coro
- Líderes de servicios litúrgicos
- Ministras de bautismo
- Distribuidoras de la Sagrada Comunión
A través de este cambio en la ley y en la práctica,
la Iglesia oficial finalmente reconoció, al menos en alguna medida, que
su prejuicio contra la mujer, basado en la impureza ritual, no
tenía fundamento. ¿Por qué los líderes de la
Iglesia no llegan a la misma obvia conclusión de que su
prohibición a la ordenación de las mujeres, la cual está
basada en éstos y otros prejuicios, es totalmente inválida?
En el pasado, muchos Padres de la Iglesia, canónicos,
teólogos y líderes de la Iglesia opinaban que las mujeres no
debían ser ordenadas sacerdotes porque sus períodos menstruales
las hacían ritualmente impuras. Si a las mujeres no se
les permitía aproximarse al altar, tocar el lino del altar o los objetos
sagrados, no podían entrar al templo mientras menstruaban o acababan de
dar a luz, y así sucesivamente, ¿cómo podrían
imaginar a las mujeres presidiendo la Eucaristía en el altar? Es
innegable, por tanto, que su opinión sobre las mujeres
sacerdotes se basaba, en gran medida, en el prejuicio de que la mujer
fuera un riesgo ritual. Es claro que este prejuicio social y cultural
invalidaba su juicio sobre la aplicabilidad de la mujer a la ordenación.
John Wijngaards
Lea también: Uta Ranke-Heinemann,
Sangre femenina: El antiguo tabú y
sus consecuencias cristianas, de Eunuchs for Heaven,
André Deutsch, Londres, 1990; págs. 12-17
Notas de la traductora:
(1) Que se opone levemente a
alguna ley o precepto, y que por eso es fácilmente perdonable.
Traducción: Ivelisse
Colón-Nevárez |